Peticiones Familiares

Está compuesta por 2 etapas, la primera es cuando un ciudadano americano o residente permanente legal somete una Petición Familiar para “pedir” a su pariente. Luego que es aceptada la petición familiar el familiar solicitado “el beneficiario”, debe pedir un procedimiento consular o un Ajuste de Estatus que, de ser aceptado, le permite obtener la Residencia Permanente Legal.

¿Qué es?

Permite que un ciudadano o residente permanente patrocine a un familiar para que venga a vivir a EE.UU.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos o residentes permanentes que tienen familiares en el extranjero.

¿Qué pasa después?

Si se aprueba, tu familiar puede solicitar una visa o ajuste de estatus.

Requisitos:

  • Tener un familiar que sea ciudadano estadounidense o residente permanente que lo pueda patrocinar.

 

Procedimiento:

  • Completar el Formulario respectivo.
  • Esperar la aprobación y se aplica si estás en EE.UU. o realizas un proceso consular si estás en el extranjero.

 

¿Qué parientes puede pedir un ciudadano americano?

  • Su esposo o esposa.
  • Hijos solteros menores de 21 años.
  • Huérfanos solteros menores de 21 años que serán adoptados dentro de Estados Unidos.
  • Los padres.
  • Sus hijos solteros de 21 años o mayores.
  • Hijos casados de cualquier edad.
  • Hermanos que hayan cumplido por lo menos 21 años.

 

¿Qué parientes puede pedir un residente permanente legal?

  • Esposo o esposa.
  • Hijos solteros menores de 21 años.
  • Hijos solteros de 21 años o mayores.

¿Listo para realizar tus Peticiones Familiares?

Envía un mensaje y nuestro equipo estará encantado de ayudarte. Si necesitas más información ¡estamos aquí para asistirte!