
Peticiones Familiares
Está compuesta por 2 etapas, la primera es cuando un ciudadano americano o residente permanente legal somete una Petición Familiar para “pedir” a su pariente. Luego que es aceptada la petición familiar el familiar solicitado “el beneficiario”, debe pedir un procedimiento consular o un Ajuste de Estatus que, de ser aceptado, le permite obtener la Residencia Permanente Legal.
¿Qué es?
Permite que un ciudadano o residente permanente patrocine a un familiar para que venga a vivir a EE.UU.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos o residentes permanentes que tienen familiares en el extranjero.
¿Qué pasa después?
Si se aprueba, tu familiar puede solicitar una visa o ajuste de estatus.
Requisitos:
- Tener un familiar que sea ciudadano estadounidense o residente permanente que lo pueda patrocinar.
Procedimiento:
- Completar el Formulario respectivo.
- Esperar la aprobación y se aplica si estás en EE.UU. o realizas un proceso consular si estás en el extranjero.
¿Qué parientes puede pedir un ciudadano americano?
- Su esposo o esposa.
- Hijos solteros menores de 21 años.
- Huérfanos solteros menores de 21 años que serán adoptados dentro de Estados Unidos.
- Los padres.
- Sus hijos solteros de 21 años o mayores.
- Hijos casados de cualquier edad.
- Hermanos que hayan cumplido por lo menos 21 años.
¿Qué parientes puede pedir un residente permanente legal?
- Esposo o esposa.
- Hijos solteros menores de 21 años.
- Hijos solteros de 21 años o mayores.
¿Listo para realizar tus Peticiones Familiares?
Envía un mensaje y nuestro equipo estará encantado de ayudarte. Si necesitas más información ¡estamos aquí para asistirte!